El
Gobierno de Navarra, en sesión celebrada el día 14 de febrero de 2018, adoptó,
entre otros, el siguiente acuerdo:
"ACUERDO
del Gobierno de Navarra, de 14 de febrero de 2018, por el que declara la
existencia de las vías pecuarias cuya anchura, trazado y demás características
físicas generales figuran en el expediente de clasificación y aprueba la
reposición de los mojones deteriorados o desaparecidos y cambio de trazado de
las vías pecuarias de los términos municipales de Cáseda, Sangüesa y
Lizoain-Arriasgoiti.
De
conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de
Vías Pecuarias de Navarra, corresponden al Gobierno de Navarra, a propuesta del
Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, las
facultades de clasificación y regulación específica de los usos de cada vía
pecuaria de Navarra.
La Ley 19/1997 define la
clasificación como “el acto administrativo de carácter declarativo en virtud
del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características
físicas generales de cada vía pecuaria”, el deslinde como “el acto
administrativo por el que se definen los límites de las vías pecuarias de
conformidad con lo establecido en el acto de la clasificación” y el
amojonamiento como “el procedimiento administrativo en virtud del cual se
determinan los límites de la vía pecuaria y se señalizan con carácter
permanente sobre el terreno.
La
clasificación de las vías pecuarias de los términos municipales de Cáseda,
Sangüesa y Lizoain-Arriasgoiti es un trabajo previo necesario para su
recuperación y puesta en valor con su favorable repercusión para la ordenación
territorial y el desarrollo del medio rural.
La
reposición de mojones deteriorados o desaparecidos tiene por objeto actualizar
aquellas vías pecuarias que cuenten con un acta de deslinde y amojonamiento
aprobada por el Gobierno de Navarra, definiendo la ubicación exacta de los
mojones que delimitan la vía pecuaria con medios actuales.
Cumplidos
los trámites del proceso administrativo, incluida la exposición pública del
trabajo, se presentó una alegación que ha sido debidamente informada como
consta en el expediente.
En
consecuencia, el Gobierno de Navarra, a propuesta de la Consejera de Desarrollo
Rural, Medio Ambiente y Administración Local,
ACUERDA
1.º
Declarar la existencia de las siguientes vías pecuarias y lugares asociados
cuya anchura, trazado y demás características físicas generales figuran en el
correspondiente expediente de clasificación y reposición de mojones
deteriorados o desaparecidos y cambio de trazado:
-
Cáseda: Cañada Real de Los Roncaleses, Traviesa nº 11, Pasada nº 27, Pasada nº
27 bis, Pasada nº 28 y Pasada nº 29.
-
Sangüesa: Cañada Real de Los Roncaleses, Traviesa nº 10, Pasada nº 28, Pasada
nº 29 y Pasada nº 43.
-
Lizoain–Arriasgoiti: Pasada nº 45.
2.º
Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y trasladarlo al
Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.
3.º
Notificar el presente acuerdo a los ayuntamientos de Cáseda, Sangüesa y
Lizoain-Arriasgoiti, significando que contra el mismo, que agota la vía
administrativa, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
-
Recurso de reposición ante el propio Gobierno de Navarra, en el plazo de un
mes.
-
Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso
administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos
meses, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el propio
Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Las Administraciones Públicas interesadas en el expediente podrán interponer
únicamente este segundo tipo de recurso.
Los
plazos serán contados desde el día siguiente al de la publicación o, en su
caso, notificación del presente acuerdo."
Lo que notifico a Vd. para su conocimiento y demás
efectos. Pamplona, 15 de febrero de 2018. EL DIRECTOR DEL SERVICIO DE
SECRETARIADO DEL GOBIERNO Y ACCIÓN NORMATIVA, José Contreras López.